LOS 3 EJES DE LA REFORMA AL SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA
El 1° de mayo de 2019 se publicó el Decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; una reforma amplia, histórica y profunda basada en 3 pilares:
NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL
Antes de demandar, será obligatorio intentar alcanzar un acuerdo. Para ello, se crean Centros de Conciliación Laboral integrados por profesionales capacitados en medios alternos de solución de conflictos.
De no lograr conciliar, las partes podrán acudir a los Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial, con juicios orales, ágiles,modernos, expeditos y en presencia de un juez.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán, una vez que concluyan su rezago.
Etapa de conciliación
Etapa de juicio
LIBERTAD Y DEMOCRACIA SINDICAL
Los trabajadores podrán decidir, sin discriminación ni represalias, si desean afiliarse a un sindicato, cambiar de sindicato o no pertenecer a ninguno.
Además, los trabajadores podrán participar en las decisiones fundamentales de su sindicato a través del voto personal, libre, directo y secreto, pues serán consultados sobre la elección de sus directivas y la aprobación de sus contratos colectivos y revisiones, entre otros procesos democráticos. No más sindicatos simulados y líderes sin representatividad.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán, una vez que concluyan su rezago.
Los trabajadores serán consultados en los casos siguientes:
CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL
Un organismo público responsable de la conciliación laboral en materia federal; del registro sindical de asociaciones, contratos colectivos, contratos-ley y reglamentos interiores de trabajo a nivel nacional; y de la verificación y seguimiento de procesos de democracia sindical.
Autonomía e independencia
Profesionalismo
Servicio al público
CONTACTO
UNIDAD DE ENLACE PARA LA REFORMA AL SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL
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